La Unidad Servicio Médico, EAS, de EPM, asegura y presta los servicios de salud a los afiliados y a los miembros de su grupo familiar que por Ley tienen derecho.
Nuestro modelo de atención en salud está basado en la estrategia de atención primaria de salud para brindar un servicio integral a nuestros usuarios; con calidad, ética, responsabilidad y conocimiento, mediante una atención oportuna y eficiente, con principios de equidad enfocados en satisfacer las necesidades de los usuarios, en una dinámica que se refleje en el mejoramiento de su calidad de vida.
A través de la consulta con el profesional de la salud, podrás conocer y acceder a nuestros programas de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, diagnóstico precoz, tratamiento oportuno, protección específica, complementado con las demás atenciones en salud en los diferentes niveles de atención y complejidad, especialmente para los problemas específicos priorizados.
La Unidad Servicio Médico EPM - Entidad Adaptada de Salud EAS016, tiene la sede principal en la ciudad de Medellín. Contamos, además con cuatro (4) centros médicos ubicados en las centrales hidroeléctricas de Guatapé, Playas, Guadalupe y Porce II.
Para garantizar el acceso a los diferentes niveles de atención de los servicios de salud, la Unidad Servicio Médico, cuenta con acuerdos de voluntad realizados con una amplia red de clínicas y hospitales privados, al igual que Empresas Sociales del Estado en Antioquia. En caso de que requieras atención de urgencias en un municipio o departamento dentro del territorio colombiano, la IPS que presta la atención en salud, deberá ponerse en contacto con nosotros a través del audio respuesta telefónico (604) 3807222 o del correo electrónico ordenesserviciomedico@epm.com.co medios a través de los cuales se validaran tus derechos y se enviaran las autorizaciones requeridas al prestador del servicio.
No se cubren servicios por fuera del territorio colombiano, por ello es recomendable que quienes viajen al exterior adquieran pólizas o seguros de salud.
Sede principal: Nos encontramos ubicados en la ciudad de Medellín, dentro de las instalaciones del Hospital Pablo Tobón Uribe, en la Calle 78 B No. 69 - 240, primer piso. Teléfono: (604) 3807200.
Para acceder a cualquier servicio de salud debes presentar siempre tu documento de Identidad. Recuerda: el Médico General y el Odontólogo son siempre la puerta de entrada para utilizar los servicios de salud.
Para realizar trámites de afiliaciones, retiros o consultar información al respecto, el usuario puede comunicarse al teléfono (604) 3807272 o enviar un correo al buzón dep5170@epm.com.co donde se le entregarán las instrucciones, requisitos y pasos a seguir.
La solicitud de citas para la IPS principal de la USM se realiza a través de alguno de los siguientes canales:
Si la asignación de tu cita con un médico especialista supera 30 días desde el momento de la solicitud, por favor infórmanos en los siguientes correos:
La consulta Médica General, es el servicio donde brindamos atención a nuestros usuarios a través de la consulta externa. Se atienden todas aquellas enfermedades que son de baja complejidad, que el Médico General está en capacidad de resolver.
Generalidades del servicio:
Generalidades del servicio:
La atención de urgencias odontológicas en la Sede de la Unidad Servicio Médico EPM es de lunes a viernes de 7:00 am a 6:00pm y sábados hasta las 12:00pm; posterior a este horario las urgencias son atendidas en la Red Prestadora Externa, en la Clínica CES ubicada en la Calle 58 50C-2 Prado Centro, Medellín.
Es un servicio de apoyo para la salud, mediante el cual se hacen las evaluaciones de los trastornos en la refracción y acomodación ocular. Por medio del diagnóstico se define si el paciente requiere la utilización de lentes o de ejercicios oculares que mejoren su visión.
Generalidades del servicio:
Nuestro paciente debe ser remitido por Médico u Odontólogo General, según la especialidad requerida. El servicio se presta a través de la red externa y deberá llevar la respectiva autorización del servicio.
El Médico Especialista valora nuestro paciente y si no requiere ayudas diagnósticas u otras inter-consultas, diligencia el formato de contra-referencia e indica a nuestro afiliado regresar con su Médico tratante y entregar el documento para continuidad de tratamiento.
En caso de que el especialista formule medicamentos, ayudas diagnósticas, interconsultas por otro especialista, nuestro afiliado debe solicitar autorización a través de la auditoría médica.
Generalidades del servicio:
Se considera atención de urgencias cuando tienes un cambio repentino de salud físico o mental y necesitas una atención inmediata para evitar la muerte o consecuencias graves como la invalidez. Ejemplo: infartos, derrames, heridas por arma de fuego o arma blanca, fracturas, asfixia, sangrado abundante, embarazadas con contracciones, sangrados o disminución de los movimientos fetales.
En caso de requerir utilizar el Servicio de Urgencias, nuestros afiliados podrán ser atendidos en cualquiera de las clínicas de la Red de Prestadores, todas las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) adscritas, cuentan con el sistema de audio respuesta para verificar el derecho de los usuarios a la atención en horarios no hábiles.
Si el servicio de Urgencias es requerido en un municipio o departamento dentro del territorio Colombiano en el cual la Unidad de Servicio Médico no tiene convenios de atención, la IPS que presta la atención en salud, deberá ponerse en contacto con nosotros a través del audio respuesta telefónico (604) 3807222 o del correo electrónico ordenesserviciomedico@epm.com.co medios a través de los cuales se validan los derechos y se envían las autorizaciones requeridas al prestador del servicio.
Se recuerda que para ser atendido, deberás tener tu documento de identidad actualizado.
Se recuerda que para ser atendido, deberás tener tu documento de identidad actualizado.
Estos servicios se prestan a través de entidades adscritas a la Unidad Servicio Médico. Luego de obtener la orden de servicios, debes presentarte a la entidad asignada con esta orden y el documento de identificación. En caso de exámenes especiales debes llamar previamente a la entidad para solicitar tu cita y recibir las instrucciones necesarias.
Para tener en cuenta:
Luego de ser evaluado por tu médico general o por el especialista que te ordenó hospitalización o cirugía, preséntate en las taquillas de nuestros usuarios en el primer piso de nuestra Unidad Servicio Médico para tramitar la orden a la institución que te prestará este servicio.
Recuerda que en el Plan Obligatorio de Salud la hospitalización es en habitación compartida. Si te hospitalizan en horario no hábil, debes enviar a un familiar al siguiente día hábil, con el fin de tramitar las órdenes respectivas.
Generalidades del Servicio:
Según el Plan Obligatorio de Salud, el servicio de traslado será asumido por la Unidad Servicio Médico, en los siguientes casos:
La solicitud para la autorización de los servicios será autorizada por las enfermeras autorizadoras o por el médico auditor.
Los mecanismos establecidos para el acceso a procedimientos, insumos y medicamentos se pueden visualizar en los siguientes archivos:
Los mecanismos establecidos para el acceso a procedimientos, insumos y medicamentos no incluidos en el plan de beneficios se pueden visualizar en los siguientes archivos:
La información sobre los grupos de riesgo y la oferta y el contenido de los programas de Atención de Promoción y Mantenimiento de la Salud se puede visualizar en el siguiente archivo:
Si sufres una lesión en horario laboral por consecuencia de tu trabajo o por acción de tu trabajo, se considera como un presunto accidente de trabajo. En este caso, si no es una lesión de extrema gravedad debes hacer diligenciar por tu jefe inmediato el reporte de accidente de trabajo y luego dirigirte a la red de servicios de la Aseguradora de Riesgos Laborales.
Si el caso es de extrema urgencia, debes dirigirte a la unidad hospitalaria más cercana y presentar tu documento de identidad o carné que te acredita como afiliado a la ARL. La IPS que atiende a nuestro paciente debe contactar a la ARL para la legalización del servicio.
En caso de sufrir un accidente de trabajo no vital, por fuera de la ciudad de Medellín, deberás contactarte con tu ARL para recibir instrucciones de la red hospitalaria que puedes utilizar. Los teléfonos de la ARL se encuentran al respaldo del carné.
Es importante que al momento de salir en comisión por fuera de la ciudad de Medellín, te comuniques con la ARL para recibir instrucciones acerca de la red hospitalaria adscrita a dicha entidad en la ciudad destino de la comisión.
Siempre debes elaborar el reporte de Accidente de Trabajo, para lo cual puedes consultar en Bitácora, Dirección Gestión Humana y Organizacional, Seguridad social y Salud Ocupacional, formato reporte accidente de trabajo.
Accidente de tránsito es todo aquel evento o suceso que se presenta en un vehículo automotor (bus, automóvil o moto) que se encuentra en movimiento, donde te encuentres como pasajero o peatón y siempre en vía pública o en carretera.
En caso de sufrir accidente de tránsito en cualquier región del territorio colombiano, debes acudir a la unidad hospitalaria con tu documento de identidad y copia u original del Seguro Obligatorio de Accidente de Tránsito (SOAT).
Si la atención es por fuera de Medellín, debes reclamar a la entidad hospitalaria toda la documentación completa que exige el SOAT sobre la atención prestada, para que en caso de requerir nuevas evaluaciones en salud se pueda dar continuidad al caso clínico.
Si eres trabajador activo y sufres un accidente de tránsito y trabajo, prima la atención en salud inicialmente a través del seguro obligatorio SOAT, una vez se completen los topes de esta póliza, la ARL continuará subrogando los costos en salud y la incapacidad se expedirá siempre con la contingencia de accidente de trabajo.
La incapacidad laboral es el certificado legal que expide el profesional de la salud cuando el trabajador se ve imposibilitado para ejercer el ejercicio de sus funciones en el ámbito laboral.
Son tres los tipos: