Mujer usando el agua de forma eficiente en el hogar, junto a una gráfica de consumo descendente que representa ahorro de los servicios Mujer usando el agua de forma eficiente en el hogar, junto a una gráfica de consumo descendente que representa ahorro de los servicios Mujer usando el agua de forma eficiente en el hogar, junto a una gráfica de consumo descendente que representa ahorro de los servicios

Programa de ahorro establecido por la CREG

Resolución GREG 101 120 del 2026

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) expidió la Resolución 101 120 de 2026, mediante la cual se establece un programa transitorio de incentivos para promover el uso eficiente de la energía eléctrica en Colombia.

Esta medida surge como respuesta al Fenómeno de El Niño 2026–2027 y busca reducir la demanda de energía en momentos de estrechez energética, baja hidrología o riesgo para la confiabilidad del suministro. El programa aplica automáticamente a los usuarios regulados y promueve hábitos de consumo responsables que contribuyan a la sostenibilidad y seguridad energética del país.

¿Por qué se implementa esta medida?

El Fenómeno de El Niño ha sido confirmado por las autoridades climáticas y se espera que continúe durante el segundo semestre de 2026 y parte de 2027. Estas condiciones pueden reducir los aportes hídricos que respaldan gran parte de la generación de energía del país, por lo que se requiere promover acciones de ahorro y uso eficiente de la energía. 

97% de probabilidad

de que las condiciones del Fenomeno de El Niño continúen hasta comienzos de 2027.

81% de probabilidad

de que el fenómeno alcance una intensidad muy fuerte hacia finales de 2026.

6 meses de

duración inicial del programa, con posibilidad de prórroga según las condiciones del sistema energético.

Aplicación automática

a los usuarios regulados no necesitan inscribirse para participar en el programa.

¿Cómo funciona el programa?

1. Se define una meta de consumo

Cada usuario cuenta con una meta de referencia basada en su historial de consumo.

2. Se monitorea el consumo

 

Durante la vigencia del programa se compara el consumo real con la meta establecida.

3. Se incentiva el ahorro

 

Los usuarios que reduzcan su consumo podrán ser beneficiarios de los recursos recaudados por el programa.

4. Se desincentivan los excesos

Por el contrario, los usurarios que superen significativamente la meta de consumo definida, podrán generar cobros adicionales. 

Cómo se va a calcular tu consumo:

Preguntas frecuentes

Es un programa temporal creado por la Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG para incentivar el uso responsable de la energía eléctrica durante las condiciones asociadas al Fenómeno de El Niño.

El programa establece una meta individual de consumo para cada usuario, calculada con base en sus consumos de los últimos doce meses. A partir de esa meta:

  • Los usuarios que registren consumos superiores al 110% de su meta tendrán un cobro adicional sobre ese exceso de consumo.
  • Los usuarios que logren consumos inferiores al 90% de la meta podrán participar en la distribución de beneficios económicos.  

Promover el ahorro voluntario de energía, reducir la demanda nacional de electricidad, apoyar la recuperación y conservación de los embalses y fortalecer la confiabilidad del sistema eléctrico colombiano durante las condiciones asociadas al Fenómeno de El Niño.

No. La inclusión es automática, no requiere inscripción ni trámite.

La medida aplica a los clientes y usuarios regulados del servicio público de energía eléctrica, de tipo residencial, comercial e industrial, con facturación mensual o bimestral.

No serán incluidos en el presente programa los siguientes usuarios regulados:

  • Usuarios cuya determinación del consumo se realice mediante procesos distintos a la lectura de medidor.
  • Usuarios con medidor prepago para el servicio de energía eléctrica.
  • Usuarios correspondientes a instituciones de salud, establecimientos educativos, centros asistenciales y de cuidado, organismos de atención de emergencias y desastres, instituciones de seguridad y orden público, y establecimientos penitenciarios y de detención.
  • Usuarios correspondientes a inmuebles o instalaciones de entidades públicas del orden nacional o territorial, identificados como usuarios oficiales en los sistemas de información comercial del respectivo comercializador.
  • Usuarios para los cuales no sea posible determinar la meta individual diaria de consumo ni asignar una meta de referencia, antes y durante la vigencia del programa.
  • Usuarios que tengan la condición de autogeneradores a pequeña escala (AGPE), definidos en la Resolución CREG 174 de 2021, y que apliquen créditos de energía.
  • Usuarios que pertenezcan a una comunidad energética bajo la modalidad de autogenerador colectivo, conforme los casos 1 y 2 del artículo 20 de la Resolución CREG 101 072 de 2025, modificada por la Resolución CREG 101 087 de 2025.
  • Los usuarios que acrediten una condición médica que requiera el uso permanente o intensivo de equipos eléctricos indispensables para la preservación de la vida o la salud podrán solicitar no ser incluidos en el programa, aportando el soporte médico que acredite tal condición y la fecha desde la cual se presenta.

La metodología fue definida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) y es aplicada por cada comercializador de energía utilizando la información histórica de consumo del usuario. Para el caso de Antioquia la meta la define EPM con base en la metodología de la CREG.  

Se define en dos pasos

1. Tomando como referencia los consumos históricos facturados del usuario durante los doce meses anteriores, contados desde el 3 de agosto hacia atrás, se calcula el consumo promedio diario de cada mes.

Ejemplo: 

Si una factura registra:

  • Consumo: 300 kWh
  • Período facturado: 30 días

El promedio diario será:

300 kWh ÷ 30 días = 10 kWh/día.

 

2. Se toma la mediana de los últimos doce meses:

La mediana evita que un mes excepcionalmente alto o bajo distorsione la meta del usuario.

Si la cantidad de meses obtenida es impar, la mediana será el valor que queda en la mitad de la serie ordenada de promedio día de cada uno de los dos meses antes mencionados. Si la cantidad de meses obtenida es par, se tomará el promedio de los dos valores de la mitad de la serie ordenada.

Ejemplo:

Si durante un año una familia tuvo un consumo muy alto en diciembre por vacaciones, fiestas o visitas familiares, ese dato atípico no afectará significativamente la meta de consumo.

Supongamos que una vivienda registró los siguientes consumos promedio diarios: 

Mes Consumo promedio diario  
Enero9 kWh
Febrero10 kWh
Marzo9 kWh
Abril10 kWh
Mayo9 kWh
Junio10 kWh
Julio10 kWh
Agosto9 kWh
Septiembre11 kWh
Octubre10 kWh
Noviembre10 kWh
Diciembre18 kWh

Serie ordenada según consumo promedio diario:

Mes Consumo promedio diario  
Enero9 kWh
Marzo9 kWh
Mayo9 kWh
Agosto9 kWh
Febrero10 kWh
Abril10 kWh
Junio10 kWh
Julio9 kWh
Octubre10 kWh
Noviembre10 kWh
Septiembre11 kWh
Diciembre18 kWh

Aunque diciembre fue muy alto, la mediana seguirá estando cerca de 10 kWh/día, por lo que esa será la referencia utilizada para definir la meta del usuario. Por esta razón se usa la mediana, porque refleja mejor el comportamiento habitual del usuario.  

La meta diaria calculada se multiplica por los días del período de facturación, de la factura correspondiente. Ejemplo:

  • Meta diaria: 10 kWh/día
  • Factura de: 30 días

Meta del período: 10 × 30 = 300 kWh

En la segunda página de tu factura de servicios públicos EPM, encuentras una gráfica de barras que muestra tu consumo habitual mensual y el número de días facturados de cada mes, si divides estos valores obtendrás tu consumo diario mes.

La regulación reconocerá ahorros cuando el consumo se encuentra por debajo del 90% de la meta establecida para el usuario, sin que dicho valor pueda ser inferior al 30% de la meta individual del respectivo ciclo de lectura.

No. Cada usuario tiene una meta diferente porque depende de sus consumos históricos y de sus características particulares.  

No. La meta es una referencia utilizada por el programa para premiar posibles ahorros o castigar consumos superiores a los niveles habituales.

El consumo de cada usuario se continuará registrando y midiendo de la manera habitual en el medidor de energía de su instalación. El usuario puede consumir más o menos energía según sus necesidades. El programa establece incentivos para promover consumos eficientes y desincentivar incrementos significativos frente al comportamiento histórico.   

No. La medida es preventiva y busca precisamente evitar situaciones que puedan comprometer la confiabilidad del servicio. Actualmente no corresponde a un esquema de racionamiento energético.