Si tu sistema de generación se encuentra conectado, debes enviar al buzón Compras comercialización energía comprasenergia@epm.com.co la siguiente documentación:
Cabe resaltar que después de estar conectado, debes estar pendiente de tu correo ya que te llegará la notificación de este buzón solicitándole dichos documentos.
Cualquier aclaración relacionada con la inscripción como proveedor de energía o entrega de excedentes, será atendida en el buzón epm@epm.com.co quienes internamente escalaran al área correspondiente según sea la solicitud.
Desde el buzón Compras comercialización Energía comprasenergia@epm.com.co, se le notificará la inscripción exitosa, al mes siguiente, recibirá notificación de la liquidación de excedentes con toda la información necesaria para facturar. Importante estar revisando la bandeja de entrada y spam de tu correo.
Los clientes AGPE en su condición de proveedores, están sujetos a impuestos de ley que al interior de EPM son descontados por la dependencia de Contabilidad y los cuales, de acuerdo con la naturaleza jurídica de cada cliente, se ejecutan en el momento del pago, por lo general son 2.5% de retención en la fuente y de 0.2% de ICA.
El cobro realizado por los clientes AGPE están sujetos a impuestos de acuerdo con la naturaleza jurídica del cliente, por lo general son del 2.5% de Retención en la fuente y en algunos casos el 0.2% de ICA. El valor cobrado por el cliente, menos los impuestos de ley a los que estén sujetos serán los que verán reflejados en la factura de EPM bajo el concepto “Menos valor aplicado”.
Para temas relacionados con deducciones, aplicación de impuestos, certificados de retención o comprobantes de pagos, los AGPE pueden contactar la línea 604 380 55 56 en opción 4 y allí les orientarán al respecto.
Para temas relacionados con deducciones, aplicación de impuestos o comprobantes de pagos, todos los clientes se pueden comunicar a la línea 604 380 55 56 en opción 4.
Si presentas dudas correspondientes a los consumos detallados en factura o explicación de estos, deben presentar una PQR mediante los diferentes canales que se tienen dispuestos:
Los reconocimientos de excedentes de energía se ejecutan de acuerdo con lo dispuesto en la norma CREG 174 de 2021 donde el valor de los excedentes cobrados mensualmente será neteados contra su cuenta de servicios públicos de energía y si llegara a quedar algún remanente a su favor, estos serán consignados en su cuenta bancaria matriculada en el momento de la inscripción como proveedor.
El cliente puede utilizar formato libre de su empresa o a elección del AGPE, debe contener la información detallada en liquidación. EPM cuenta con formato modelo para realizar el cobro. Ver anexo:
Sólo en caso de que el cliente presente bien el cobro este será reconocido en la factura de EPM, de lo contrario no se podrá tramitar y deberá esperar la próxima comunicación. Se invita a enviar el documento cumpliendo los requisitos y en el rango de las fechas que se informan cada mes con el fin de poder incluirlo dentro del ciclo de facturación correspondiente.
Los clientes AGPE deben esperar el mensaje de Liquidación de Excedentes de energía el cual se hace desde el buzón comprasenergia@epm.com.co, tener presente la fecha hasta la cual puede hacer el envío de la información que es relacionada en el correo que les llega con todo el detalle.
Puedes consultar tu factura a través de nuestro servicio de Factura Web ingresando con la cédula o NIT del suscriptor y el número de contrato. También puedes solicitar el duplicado de tu factura con el número de contrato a través de Ema, la asesora virtual que encontrarás en el extremo inferior derecho de la página web de EPM.
Si cuentas con otros servicios de EPM, debes tener en cuenta que luego de convertirte en AGPE te llegarán dos facturas; una con los cobros diferentes al concepto de energía (acueducto, alcantarillado, gas, etc.) y otra factura sólo con el concepto de energía.
Por disposiciones de la empresa para garantizar el óptimo envío y conocimientos de los consumos de cada AGPE, el envío de factura de este nuevo contrato sólo se hará de forma digital. Debes validar en factura web la recepción de tu documento.
El objetivo de la conexión de sistemas distribuidos de generación es lograr un ahorro significativo en el consumo de la energía convencional, sin tener que aislarse de la red del operador. Lo que significa que cuando su sistema de generación no se encuentre disponible o no entregue la energía requerida en algún momento, pueda tomar energía convencional.
Debe surtir los requisitos descritos en la resolución CREG 174 de 2021; existir como cliente convencional consumidor de energía, realizar la consulta de disponibilidad del circuito o presentar estudio de conexión, si su capacidad de generación a instalar es mayor a 100kW o la consulta de disponibilidad arroja algún color rojo, los insumos para presentar un estudio de conexión se debe solicitar al buzón epm@epm.com.co diligenciando y adjuntado en archivo “Formato para solicitar Insumos para Estudio de Conexión”. Para más información debe ingresar a nuestra página de Autogeneradores.
También debe anexar:
Todos Los AGPE y GD menores o iguales a 100kW que vayan a conectarse a nuestra red, siempre deben consultar la disponibilidad y adjuntar el archivo en la solicitud de conexión. La consulta de disponibilidad la puede hacer en nuestra página de Solicitud de conexión simplificada para AGPE, AG hasta 5MW y GD.
Sí, en ese caso serias un Generador Distribuido (GD). El tope de instalación de un GD es 1000kW y debe ser una Empresa de Servicios Públicos.
Si, se entrega en comodato y el cliente solo paga la calibración y la programación del equipo. Aplica para AGPE.
La legalización se hace a través de una reforma por aumento de capacidad de generación y la debe hacer a través del formulario, registrando en las observaciones que se trata de una reforma por aumento de capacidad de generación.
Tener en cuenta: