En Colombia, la eutanasia constituye un derecho fundamental, enmarcado en el respeto por la dignidad humana. Este derecho ha sido reconocido por la jurisprudencia constitucional y está regulado mediante la Resolución 971 de 2021 del Ministerio de Salud y Protección Social. Dicho acto normativo, alineado con los avances legales y éticos del país, establece el procedimiento para la recepción, trámite y reporte de las solicitudes de eutanasia, definiendo las condiciones necesarias para garantizar el derecho a morir dignamente.
Desde el Servicio Médico EPM compartimos esta ruta de atención con el propósito de informar, de manera clara y respetuosa, sobre el proceso establecido por la normativa vigente en Colombia para el ejercicio del derecho a morir dignamente. Esta información tiene un carácter exclusivamente pedagógico y busca brindar orientación sobre los pasos institucionales definidos para quienes, de forma autónoma y consciente, decidan consultar sobre este derecho.
La red disponible para la realización de estos procedimientos está encabezada por el Hospital Pablo Tobón Uribe, IPS en la cual se concentra la atención de la mayoría de nuestros afiliados. Esta institución cuenta con la especialidad de dolor y cuidados paliativos, equipo encargado directamente del proceso una vez el paciente realiza la solicitud.
También hacen parte de esta red de atención la E.S.E. Hospital Manuel Uribe Ángel, la Clínica CardioVID, la Clínica Medellín, la IPS Neuromédica y la Clínica CES, instituciones que disponen de servicios de cuidado paliativo y acompañamiento especializado.
Si deseas saber más sobre este derecho puedes revisar dando clic en ABCDÉ sobre la Reglamentación del Derecho a Morir Dignamente del Ministerio de Salud y Proteción Social.
⚠️ La publicación de esta información no constituye una invitación, sugerencia ni promoción de su activación. Respetamos profundamente la diversidad de creencias, valores y decisiones personales, y reafirmamos nuestro compromiso con una atención ética, humana y conforme a la ley.