Como en Colombia estamos atravesando por un fenómeno de El Niño, el Gobierno Nacional, a través de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico – CRA – activó una medida temporal para reducir el consumo excesivo de agua potable.
En el Valle de Aburrá, esto implica que los prestadores del servicio, como EPM, deben cobrar un valor adicional por el agua que consumas en tu hogar si sobrepasas los 26 metros cúbicos en un mes, siempre y cuando la fuente de la cual recibes el agua tenga un caudal menor a la cantidad de agua que se requiere en el sector.
Temporalmente, y considerando el caudal de la fuente que proporciona agua a tu sector, esta medida aplica para tu hogar. Así que los primeros 26 metros cúbicos que consumas en un mes tendrán el valor habitual, pero a partir de esa cantidad el cobro será el doble del valor. Esto aplica para los consumos que realices desde el 29 de enero de 2024.
Al ser una medida del Gobierno Nacional, el dinero adicional que EPM cobre será entregado al Fondo Nacional Ambiental (Fonam).
¿Sabes cuánta agua potable consumes durante un mes en tu hogar?
Te invitamos a consultarlo en tu factura para que organices mejor tus consumos y así evites cobros adicionales.
Usar responsablemente el agua son pequeñas acciones que se convierten en grandes contribuciones.
Si tienes dudas sobre este tema puedes llamar a la línea de atención al cliente de EPM (604) 44 44 115.
Lo primero que debes saber es que este cobro adicional fue definido por el Gobierno Nacional, a través de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico – CRA –, considerando que estamos en fenómeno de El Niño y que la medida busca reducir el consumo excesivo de agua potable.
En el Valle de Aburrá, esto implica que los prestadores del servicio, como EPM, deben cobrar un valor adicional por el agua que consumas en tu hogar si sobrepasas los 26 metros cúbicos en un mes, pero no a todos los clientes, pues la medida solo se aplica en los sectores cuyas fuentes de agua tienen un caudal menor a la cantidad de agua que se requiere en el sector.
Así que actualmente, dentro del sistema de acueducto de EPM, esta medida solo se está aplicando a los hogares que reciben el agua de las plantas de potabilización Barbosa, Caldas y San Cristóbal, hasta que el caudal de las quebradas que los abastecen se normalice o la CRA desactive la medida.
Al ser una disposición del Gobierno Nacional, el dinero adicional que EPM cobre será entregado al Fondo Nacional Ambiental (Fonam).
Si tienes dudas sobre este tema puedes llamar a la línea de atención al cliente de EPM (604) 44 44 115.
Es una medida que activó el Gobierno Nacional, a través de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico – CRA – y tiene como objetivo reducir el consumo excesivo de agua potable mientras estemos en fenómeno de El Niño.
La medida define unos topes de consumo para cada región del país, según su altura. Para los 10 municipios del Valle de Aburrá el tope es de 26 metros cúbicos y para Rionegro es de 22 metros cúbicos.
Si en un hogar consumen más de esa cantidad de agua en un mes, entonces únicamente la cantidad que sobrepasa el tope será cobrada al doble del valor habitual. (los primeros 26 m3 o los primeros 22m3 serán cobrados normalmente).
Esta medida solo aplica para los clientes residenciales y cada prestador de servicio debe revisar en qué sectores lo debe implementar, pues únicamente aplica para aquellos sectores cuyas fuentes de agua tengan un caudal insuficiente para proporcionar la cantidad de agua que se requiere.
Después de realizar los respectivos análisis, por ahora EPM solo está aplicando este cobro adicional a los hogares que reciben el agua de las plantas de potabilización Caldas, Barbosa y San Cristóbal, teniendo en cuenta el caudal actual de esas quebradas.
Esto es temporal, pues si los caudales de esas fuentes u otras cambian, es posible que los sectores para aplicar la medida también cambien. EPM informará oportunamente cuando esto suceda.
Así es, esta medida aplica para todos los clientes residenciales de los sectores que defina el prestador, independientemente de su método de pago.
La medida aplica únicamente para el sector residencial, pero tiene las siguientes excepciones: inquilinatos, entidades sin ánimo de lucro a las que se les presta servicio especial y multiusuarios del servicio público domiciliario de acueducto, hogares comunitarios de bienestar y sustitutos, y usuarios de las áreas comunes de los inmuebles residenciales bajo el régimen de propiedad horizontal.
El cobro adicional se realiza a los consumos realizados desde el 29 de enero de 2024, únicamente en los sectores abastecidos por las plantas de potabilización San Cristóbal, Caldas y Barbosa. La medida finalizará cuando las quebradas que proporcionan el agua tengan el caudal suficiente para la demanda o cuando la CRA lo determine.
Es importante reforzar que en las próximas semanas es posible que se aplique la medida a otros sectores, dependiendo del comportamiento de los caudales de las demás quebradas y ríos que abastecen el sistema de acueducto de EPM.
No. El dinero adicional que se cobre no es para EPM. La Empresa debe entregarlo al Fondo Nacional Ambiental (Fonam).
Este cobro doble solo aplica para el servicio de acueducto. El servicio de alcantarillado se cobrará según los valores habituales.
En la línea de atención al cliente de EPM (604) 44 44 115 podrás confirmarlo con tu dirección exacta o número de contrato.
En la factura de servicios públicos de EPM podrás ver los consumos recientes de acueducto en tu hogar, medidos en metros cúbicos.
Si el consumo habitual de tu hogar supera los 26 metros cúbicos es momento de hacer un uso más responsable del agua potable, te recomendamos seguir estas recomendaciones: