A partir del 1 de noviembre de 2024, inició la facturación electrónica de servicios públicos domiciliarios en Colombia, en cumplimiento de una norma tributaria de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Aquí podrás encontrar algunas preguntas básicas sobre la medida con sus respectivas respuestas, para que puedas comprender cómo funciona, si habrá cambios en la factura o en la manera de recibirla y otros asuntos de interés al respecto.
Es un título valor que el vendedor o prestador de un bien o servicio genera y entrega al comprador o beneficiario de dicho bien o servicio (artículo 772 del Código de Comercio).
Un documento equivalente es aquel que expiden los sujetos obligados a facturar cuando se trata de la venta de bienes o la prestación de servicios específicos, por ejemplo, los servicios públicos domiciliarios, los tiquetes aéreos, las boletas de cine, entre otros.
EPM factura los servicios públicos a través de un documento equivalente (comúnmente conocido por los clientes/usuarios como factura).
EPM facturará los servicios públicos a través de un documento equivalente electrónico para servicios públicos (comúnmente conocido como factura) y no implicará cambios en el medio actual de entrega de dicho documento. El cliente continuará recibiendo la factura: a) física en su domicilio, b) por correo electrónico (Factura Web – requiere inscripción) o, c) WhatsApp (Ema Contacto Digital).
Es el formato establecido por la DIAN para transmisión de información de facturación como: datos del cliente, productos y/o servicios, valores, impuestos, entre otros.
Es el documento en formato PDF que contiene los elementos gráficos y la información de la facturación contenida en el XML y que facilita la lectura por parte de los clientes.
El cliente debe registrarse en el portal de pagos Factura Web para recibirla por correo electrónico, donde podrá inscribir todos los contratos necesarios y disfrutar de los beneficios adicionales de este servicio.
Para recibirla por WhatsApp, el cliente debe agregar en su lista de contactos, la línea de Ema nuestro contacto digital 3023000115, iniciar una conversación y seguir las instrucciones.
En caso de optar por el correo electrónico como medio de entrega, el cliente dejará de recibir la factura física en su domicilio.
Dentro de la aplicación de la norma tributaria se identificarán los siguientes atributos adicionales a la información que actualmente muestra la factura:
Lo que comúnmente se conoce como factura en EPM, tributariamente la DIAN lo denomina documento equivalente electrónico de servicios públicos domiciliarios.
Cuando el cliente no tiene correo electrónico, EPM continuará entregando la representación gráfica (PDF) del documento equivalente electrónico en formato físico.
La facturación electrónica soporta costos, deducciones y/o impuestos descontables en las declaraciones tributarias y aplica para personas naturales y jurídicas.
No. Para los servicios públicos el documento equivalente electrónico (comúnmente conocido como factura), se entregará al cliente tras leer sus consumos como ocurre ahora, y podrá pagarlo en la fecha de vencimiento correspondiente a su ciclo de facturación.
Para los clientes de energía y aguas prepago se generará facturación electrónica por cada recarga que el cliente realice, sin que esto afecte la generación del pin de recarga correspondiente al servicio que consume.
No, el pago de los servicios públicos se podrá seguir realizando a través de los medios de pago con los que actualmente cuenta la empresa.