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Recepción de facturas de proveedores que no están obligados a facturar electrónicamente

de 2008 y la Ley 527 de 1999, donde el envío de la factura digitalizada por correo electrónico tiene validez para fines comerciales, siempre y cuando cumpla con los requisitos tributarios establecidos en los artículos 616-1, 617 del ET y sus normas complementarias.

Fecha de publicación
2020-03-25 00:00
Titulo
Recepción de facturas de proveedores
Contenido

Apreciados Proveedores y Contratistas, reciban un saludo muy especial.

Comprometidos con las medidas preventivas que ha emitido el Gobierno Nacional para disminuir los riesgos de la emergencia sanitaria por el COVID-19, EPM ajustó la forma de recepción de facturas físicas para quienes no están obligados a facturar electrónicamente y el pago de cheques por taquillas.

Recepción de facturas de proveedores que no están obligados a facturar electrónicamente

Para evitar el desplazamiento de las personas, desde este jueves 26 de marzo hasta el domingo 12 de abril de 2020, se habilitó el buzón epm@epm.com.co para recibir facturas digitalizadas (escaneada) de los proveedores y contratistas que no están obligados a facturar electrónicamente.

En el correo electrónico, el proveedor o contratista deberá indicar de manera explícita que se trata del original de la factura; en caso de ya haberse realizado venta de factura, es necesario que lo señale y anexe los soportes respectivos, tales como factura endosada y carta de remisión de la factura. En general, todas las facturas deben llevar número de orden y nombre del interventor o gestor de contrato.

Esta medida se fundamenta en el artículo 1° y 3° de la Ley 1231 

de 2008 y la Ley 527 de 1999, donde el envío de la factura digitalizada por correo electrónico tiene validez para fines comerciales, siempre y cuando cumpla con los requisitos tributarios establecidos en los artículos 616-1, 617 del ET y sus normas complementarias.

Los proveedores y contratistas que están obligados a facturar electrónicamente deben continuar enviando sus facturas por los buzones establecidos.

Esta medida implica que las taquillas para recepción y radicación de facturas físicas estarán cerradas a partir de mañana jueves 26 de marzo de 2020.

Si se presentan dudas o inquietudes, contratistas y proveedores pueden escribir al buzón Operaciones Documentales dep019307387@epm.com.co.

Pagos en cheque y atención taquilla

En atención a la cuarentena dispuesta por el Gobierno Nacional y teniendo de cuenta que la expedición, firma y entrega de cheques no son tareas que hagan parte integral de las actividades excepcionales consignadas en el decreto 457 de 2020 del Ministerio del interior les informamos que desde el 25 de marzo y hasta el 13 de abril se suspenden los pagos en cheque en las taquillas del Edificio EPM.

Para cumplir con las obligaciones económicas dentro de los plazos establecidos, solicitamos a los proveedores y contratistas que tienen este medio de pago, enviar los datos de cuenta bancaria y certificado de la entidad financiera de existencia de la misma a los interventores o administradores de los contratos.

En caso de que los contratistas deseen esperar el pago hasta dicha fecha, EPM informa a que no se reconocerá intereses por los días de retraso en dicho pago.

Si tienes alguna inquietud, escríbenos al buzón Operaciones Documentales dep019307387@epm.com.co

¡Juntos, podemos hacerlo bien!

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