El Comité de Conciliación de EPM es una instancia administrativa encargada de estudiar y analizar y formular polı́ticas para prevenir el daño antijurı́dico y defender los intereses de la entidad. Este Comité actúa con base en principios de legalidad, igualdad, moralidad, eicacia, economı́a, celeridad, imparcialidad y publicidad, asegurando la protección de los
derechos de los ciudadanos y del patrimonio público.
Igualmente le corresponde decidir, en cada caso especı́ico, sobre la procedencia de la conciliación o cualquier otro medio alternativo de solución de conlictos, con sujeción estricta a las normas jurı́dicas sustantivas, procedimentales y de control vigentes, evitando lesionar el patrimonio público.
El Comité de Conciliación de EPM es una instancia administrativa encargada de estudiar y analizar y formular políticas para prevenir el daño antijurídico y defender los intereses de la entidad. Este Comité actúa con base en principios de legalidad, igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, asegurando la protección de los derechos de los ciudadanos y del patrimonio público.
Igualmente le corresponde decidir, en cada caso específico, sobre la procedencia de la conciliación o cualquier otro medio alternativo de solución de conflictos, con sujeción estricta a las normas jurídicas sustantivas, procedimentales y de control vigentes, evitando lesionar el patrimonio público.
El Comité de Conciliación de EPM tiene diversas funciones, entre las que se destacan:
El Comité está conformado por los miembros permanentes con derecho a voz y voto, que se relacionan a continuación:
Integración | Cargo | Nombre del funcionario |
Integrantes con asistencia permanente con voz y voto | Gerente Jurídico | Gabriel Jaime Velásquez Restrepo |
Directora Corporativa Soporte Gerencia General | Aida Duque Botero | |
Jefe Área Jurídica Procesos y Reclamaciones | Catalina María Duque López | |
Gerente Finanzas y Riesgos | John Calle Hurtado | |
Subgerente Mantenimiento Infraestructura T&D Energía | Leonardo Gomez Bedoya | |
Integrantes con asistencia permanente con voz, pero sin voto | Vicepresidente de Auditoria o su delegado | Gustavo Alejandro Gallego Hernández |
Secretaria Técnica | Maria Alejandra Ramírez Barrios |
Además, cuenta con miembros con derecho a voz y con invitados ocasionales que aportan su conocimiento en casos específicos.
De acuerdo con el reglamento a la sesión debe concurrir con voy sin voto, el ordenador del gasto que corresponda al asunto específico sometido a consideración del Comité, de conformidad con las delegaciones conferidas en virtud de la cuantía que corresponda.
El Comité se reúne ordinariamente al menos dos veces al mes, y puede convocar sesiones extraordinarias cuando sea necesario. Las decisiones se toman por mayoría simple y se registra el sentido del voto de cada miembro en las actas correspondientes.
Para más información sobre el Comité de Conciliación, puede comunicarse con la Secretaría Técnica del Comité a través del correo electrónico: uo0461@epm.com.co