Se considera atención de urgencias cuando tienes un cambio repentino de salud físico o mental y necesitas una atención inmediata para evitar la muerte o consecuencias graves como la invalidez. Ejemplo: infartos, derrames, heridas por arma de fuego o arma blanca, fracturas, asfixia, sangrado abundante, embarazadas con contracciones, sangrados o disminución de los movimientos fetales.
En caso de requerir utilizar el Servicio de Urgencias, nuestros afiliados podrán ser atendidos en cualquiera de las clínicas de la Red de Prestadores, todas las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) adscritas, cuentan con el sistema de audio respuesta para verificar el derecho de los usuarios a la atención en horarios no hábiles.
Si el servicio de Urgencias es requerido en un municipio o departamento dentro del territorio Colombiano en el cual la Unidad de Servicio Médico no tiene convenios de atención, la IPS que presta la atención en salud, deberá ponerse en contacto con nosotros a través del audio respuesta telefónico (604) 3807222 o del correo electrónico ordenesserviciomedico@epm.com.co medios a través de los cuales se validan los derechos y se envían las autorizaciones requeridas al prestador del servicio.
Se recuerda que para ser atendido, deberás tener tu documento de identidad actualizado.
- Acudir a la Clínica CES sede Centro, donde recibirán atención de primer nivel prioritaria de medicina y odontología.
- Todas las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, IPS adscritas, cuentan con el sistema de audio respuesta para verificar el derecho de los usuarios a la atención en horarios no hábiles.
- Si consultas en la Red de Prestadores diferente a la Clínica Medellín sede Occidente y Clínica CES y no es una Urgencia, te remitirán a éstas.
Se recuerda que para ser atendido, deberás tener tu documento de identidad actualizado.