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Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Te invitamos a conocer las preguntas frecuentes realizadas por cada uno de nuestros grupos de interés sobre los trámites y consultas relacionadas con nuestros servicios.

Haz clic en los siguientes enlaces para resolver tus dudas.


  • Clientes y usuarios
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¿Dónde puedo consultar los trámites y requisitos para acceder a los servicios?

Puedes consultar toda la información en Nuestros Trámites, allí seleccionando el servicio y lo que requieres, encontrarás el canal de atención, los documentos y el solicitante, también podrás descargar los formatos asociados a cada tema.

¿Puedo ver e imprimir mi factura a través de la página WEB?

Puedes consultar tu factura y solicitar el envío virtual si lo deseas, a través de nuestro servicio de Factura Web ingresando con la cédula o NIT del suscriptor y el número de contrato, el cual puedes consultar en la parte superior izquierda de tu factura. También puedes solicitar el duplicado de tu factura con el número de contrato a través de Ema, la asesora virtual que encontrarás en el extremo inferior derecho de esta página.

¿Dónde puedo realizar el pago de mi factura?

Puedes pagar tu factura de EPM de forma fácil y segura a través de nuestro servicio de Consulta y paga tu factura y tu pago se verá reflejado en tiempo real en nuestro sistema de facturación. Tienes varias opciones, si estás inscrito en el portal Factura Web lo puedes hacer directamente allí, si no estás inscrito, ingresa a la opción Consulta y paga en línea / Consultar y pagar directamente tu factura con el número de contrato o referente de pago.
También puedes pagar ingresando directamente a la sucursal virtual de tu entidad bancaria o en cualquiera de nuestros centros de recaudo autorizados , teniendo en cuenta que la aplicación del pago en nuestro sistema, depende del reporte de la transacción por parte de la entidad recaudadora y puede tardar entre 24 y 48 horas hábiles.

Quiero realizar el pago de manera virtual pero no tengo la factura, ¿qué puedo hacer?

Para consultar tu referente de pago, el valor a cancelar y las fechas límites de pago puedes ingresar a nuestro servicio de Factura Web digitando el número de contrato o comunícate con nuestra línea gratuita de atención al cliente 44 44 115 en Medellín o 01 8000 415 115 a nivel nacional. También puedes pagar con el número de contrato a través de Ema, la asesora virtual que encontrarás en el extremo inferior derecho de esta página.

Quiero realizar el pago de manera presencial pero no tengo la factura, ¿qué puedo hacer?

Si eres usuario puedes obtener un duplicado de la factura, así:

  • Puedes solicitar el duplicado de tu factura con el número de contrato a través de Ema, la asesora virtual que encontrarás en el extremo inferior derecho de esta página.
  • También puedes hacerlo ingresando a nuestro servicio de Factura Web cuando estás inscrito con tu correo electrónico y contraseña, allí podrás consultar la factura, imprimirla o realizar el pago vía web.
  • Para pagar no requieres tener tu factura a la mano, puedes acercarte con el número de contrato a cualquiera de estas entidades: CFA, Coofinep, Gana, Baloto, Reval, PTM (Comercial Card), Confiar, Cotrafa.

Si vas a imprimir la factura debe quedar en calidad alta (impresora láser) con el fin de permitir la adecuada lectura de los códigos de barras en nuestros centros de recaudo autorizados

¿Qué facilidades de pago me ofrece EPM para pagar deudas anteriores?

  • Puedes solicitar el abono a tu factura ingresando a Abono a tu factura. Allí podrás solicitar el abono por el valor que decidas (superior a 5 mil pesos) para pagar parte de tu factura actual o facturas anteriores pendientes de pago, si las tuvieras.
  • También puedes llamarnos al 44 44 115 o al 018000 415 115 para que uno de nuestros asesores te asesore en la mejor alternativa de pago según tu caso.
  • Asimismo puedes visitar nuestras oficinas de atención al cliente.

¿Dónde puedo solicitar el cambio de suscriptor de los servicios?

  • Realizando una petición de cambio de suscriptor en nuestro servicio de peticiones, quejas y reclamos web
  • Comunicándote con nuestra línea gratuita de atención al cliente 44 44 115 en Medellín o 01 8000 415 115 a nivel nacional
  • Cualquiera de nuestras oficinas de atención al cliente

¿Puedo separar temporalmente los servicios de mi factura, para pagar solo energía, agua o gas?

Sí, siempre y cuando no te encuentres inscrito en el programa Paga a Tu Medida. Podrás solicitar una separación temporal de tu factura para pagar solo uno de los servicios. La factura del mes siguiente te llegará integrada con el saldo total.
Podrás hacer uso de esta alternativa en cualquier momento y las veces que desees.
Ten en cuenta que los servicios que presentan 2 cuentas vencidas continuarán generando suspensión.

Si deseas realizar una separación temporal de tus servicios haz clic aquí.

También podrás realizar este trámite en nuestros Puntos Fáciles. Estos son unos módulos de autogestión de EPM, ubicados en las oficinas de atención de Bello, Envigado, primer piso del edificio Miguel de Aguinaga, Más Cerca Belén, Más Cerca Castilla, estación del Metro Parque Berrío y en la Unidad de Servicio Médico ubicada en el Hospital Pablo Tobón Uribe.

Si decides separar temporalmente el pago de tus servicios, ingresa a Separación temporal de servicios de energía, agua o gas.

¿Qué es un reclamo y dónde puedo realizarlo?

Un reclamo es la solicitud que haces para que se revise la facturación de tus servicios públicos, de conformidad con los procedimientos del contrato de condiciones uniformes, la Ley 142 de 1994 y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Antes de realizar el reclamo te recomendamos primero verificar si se ha presentado alguna de las siguientes situaciones que pueden originar incremento en el consumo o la variación en el valor total a pagar de tu factura.

  • Cantidad de días facturados.
  • Incremento en el número de personas que habitan en la vivienda.
  • Adquisición de nuevos electrodomésticos y/o gasodomésticos, o mayor uso de los mismos.
  • Trabajos o reformas en el inmueble que hayan implicado el aumento en el consumo de los servicios.

Si estás pagando créditos, financiaciones o cuotas por facturas diferidas por la contingencia originada por el COVID 19.

Si no se ha presentado alguna de las anteriores situaciones, puedes:

  • Presentar un reclamo en nuestro servicio de peticiones, quejas y reclamos web
  • Dirigirte a cualquiera de nuestras oficinas de atención al cliente
  • Enviar carta dirigida a EPM, indicando en el asunto el motivo de la inconformidad, la cual puedes entregar en cualquiera de nuestras oficinas de atención al cliente.

Para presentar el reclamo debes ser el usuario del servicio en  la instalación objeto del reclamo, para personas jurídicas, debes ser el representante legal o su apoderado, y en caso de tener pruebas o documentos para presentar la reclamación incluirlos en la misma.

Para garantizar el cumplimiento de tus derechos como usuario, ofrecerte una adecuada atención y dar cumplimiento a la normatividad vigente, el reclamo que envíes por canal escrito a través de carta, deben estar dirigidos a EPM y contener como mínimo lo siguiente:

  • Los nombres y apellidos completos de la persona solicitante y de su representante o apoderado, si es el caso, con su respectivo número de documento de identidad y dirección del inmueble sobre el cual estás realizando el requerimiento.
  • El objeto del reclamo
  • Las razones y argumentos en los cuales te apoyas.
  • La relación de documentos que acompañan el reclamo.
  • El nombre completo de quien interpone el reclamo.

¿Qué es una queja y dónde puedo reportarla?

Una queja es una solicitud que realizas por la inconformidad con la actuación de determinado o determinados funcionarios de EPM, o su desacuerdo con la forma y condiciones en que se ha prestado el servicio. Para presentarla puedes comunicarte con nuestra línea gratuita de atención al cliente 4444 115 en el área Metropolitana o 01 8000 415 115 a nivel nacional, en el horario de Lunes a Viernes de 7:00 a.m. a 8:00 p.m. y sábados de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.

¿Qué es un daño y dónde puedo reportarlo?

Un daño es una solicitud que realizas para que EPM evalúe y gestione una deficiencia o avería en la distribución del servicio de energía, agua o gas. Para reportarlo puedes comunicarte con nuestra línea gratuita de atención al cliente 4444 115 en el área Metropolitana o 01 8000 415 115 a nivel nacional los 7 días de la semana las 24 horas del día.

¿Dónde puedo consultar o realizar trámites relacionados con el servicio de Aseo?

El servicio de Aseo es prestado por diferentes entidades de acuerdo con el Municipio donde se encuentra ubicado tu hogar o empresa. Para el Municipio de Medellín puedes contactar a EMVARIAS, empresa del Grupo EPM, a través de la línea 4 70 50 00, y para otros Municipios, puedes identificar la entidad consultando en la factura de servicios, en  el ítem cobro otras entidades.

¿Qué es Seguro Vital y/o Asistencia Domiciliaria?

La Asistencia Domiciliaria es un producto para la prestación de servicios de asistencia de emergencias del hogar y es propiedad de la firma A. B. S. RED ASSIST COMPAÑÍA DE ASISTENCIA MUNDIAL S.A.
Seguro Vital es una póliza para asegurar el pago de los servicios públicos domiciliarios y es propiedad de la Compañía Administradora de Seguros y Servicios COASSIST Ltda.

EPM tiene convenio con ambas empresas para la facturación y el recaudo de valores cobrados a las instalaciones que solicitan estos productos. Para obtener mayor información, debes comunicarte directamente con ellos en los teléfonos 6041929 para Asistencia Domiciliaria y 4443838 para Seguro Vital.

¿Qué es el cargo fijo?

El cargo fijo mensual corresponde al pago que cada usuario debe realizar para cubrir los gastos administrativos en que incurre nuestra empresa, para garantizar que el servicio de Agua y de Gas Natural estén disponibles permanentemente.


Soy proveedor y no tengo habilitado el ingreso al portal para validar mi pago, ¿qué debo hacer?

Recuerda que si eres proveedor, debes realizar nuevamente tu inscripción en el portal para validar tus pagos.

Quiero ser proveedor de EPM, ¿qué debo hacer?

Todos los requisitos y documentación necesaria, se encuentran detallados en el portal www.epm.com.co en el link: Proveedores y Contratistas: cómo ser proveedor o contratista, en la parte de Sistema de Información de Proveedores y Contratistas.

¿Cómo puedo consultar los comprobantes de pago de mis facturas?

Para consultar los comprobantes de pago de tus facturas debes ingresar al portal de Proveedores con tu usuario y contraseña y generarlos desde allí.

¿Cómo puedo consultar el estado de mis facturas?

Para consultar el estado de tus facturas, debes ingresar al portal de Proveedores con tu usuario y contraseña y consultarlos desde allí.

¿Cómo me puedo registrar en el portal de proveedores? 

Para registrarte en el portal de proveedores, debes ingresar a nuestro sitio web: www.epm.com.co, y en el portal Proveedores, selecciona la opción: "Registrar usuario".

¿Cómo realizo mi ingreso por primera vez al portal de proveedores?

Para entrar por primera vez al portal de Proveedores, debes ingresar el usuario y la contraseña asignada después de tu inscripción.

No he podido ingresar al portal de proveedores ¿qué debo hacer?

Primero debes validar que estás ingresando los datos de usuario y contraseña correctamente, en caso que el problema persista, se debe informar nuevamente, con el fin que se pueda reportar el caso y validar posibles problemas en la plataforma.

Olvidé mi información de ingreso al portal de proveedores (email, contraseña), ¿cómo puedo volver a ingresar?

Para recuperar la información de ingreso al portal de proveedores, es necesario que diligencies y solicites la actualización de su información como proveedor, entregando los soportes que la soportan al interventor(es) del contrato(s) que tienen con el Grupo EPM.

Soy proveedor y requiero actualizar mi información, ¿cómo puedo hacerlo?

Para actualizar tu información como proveedor, es necesario que diligencies y solicites la actualización como proveedor, entregando los soportes al interventor (es) del contrato (s) que tienes con el Grupo EPM.

¿Por qué me llegó una notificación de pago por parte de EPM, pero éste no se ve reflejado en mi entidad financiera?

Los pagos efectuados por EPM, generan automáticamente una notificación al proveedor (siempre y cuando tenga correctamente registrado el correo electrónico; si tú como proveedor, recibes dicha información, significa que los recursos ya fueron girados a la Entidad Financiera del proveedor, recuerda además, que los pagos pueden tardar entre 1 y 3 días hábiles para verse reflejados en la cuenta; para este caso, se recomienda contactar directamente a la entidad financiera para obtener mayor información al respecto.

¿Por qué en el comprobante de pago que recibí,  el valor cancelado es inferior al valor de la factura?

El valor neto pagado de una factura al proveedor, puede resultar inferior al valor de la factura; ya que el Grupo EPM realiza las retenciones de ley (impuestos), además, hay que tener en cuenta que estas retenciones varian según el caso y condiciones de cada proveedor.  No obstante, en caso de que sigan existiendo diferencias, luego de tener en cuenta lo anterior, debes comunicarte con el comprador o el interventor para informar la situación.

¿Dónde puedo enviar a radicar las facturas / cuentas de cobro de EPM?

Las facturas hay que radicarlas en las Sedes y/o oficinas principales de cada Filial del Grupo EPM.

¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir una factura/cuenta de cobro para que sea recepcionada?

  • Ser un documento original y definitivo. En tal sentido no se aceptará una factura pro forma.
  • Ser expedida por el vendedor de la mercancía y carecer de borrones, enmendaduras o adulteraciones.
  • El documento debe estar denominado expresamente como factura de venta.
  • Debe estar previamente impresa a través de medios litográficos, tipográficos o de técnicas industriales de carácter similar.
  • La factura se recibe en original y cuando SE ANEXA copia de la misma, debe corresponder a la fiel copia de la original.
  • Contener los apellidos y nombre o razón social.
  • NIT del vendedor o de quien presta el servicio.
  • Los apellidos y nombre o razón social.
  • NIT del adquirente de los bienes o servicios, junto con la discriminación del IVA pagado.
  • En la factura se debe visualizar un número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de facturas de venta y que se encuentre incluido en la numeración expresada en la resolución que se indica en el cuerpo de la factura.
  • Se debe chequear que la factura contenga la fecha de expedición de la misma.
  • En la factura debe contener la descripción específica o genérica de los artículos vendidos o servicios prestados.
  • Incluir el valor unitario y discriminación del IVA del artículo en caso de encontrarse gravado con dicho impuesto.

¿Cómo puedo acceder al certificado de ingresos y retenciones?

El portal de proveedores tiene la posibilidad de descargar los certificados en mención, por lo cual, debes remitirte al portal en de proveedores, para que de acuerdo a tu necesidad realice la descarga.

¿Qué requisitos necesito cumplir para realizar la venta de una factura?

  • Carta informativa de notificación de la venta de facturas, firmada por el Representante legal del Proveedor/Contratista y con la especificación de: Razón social, NIT, correo electrónico y teléfono, nombre y cédula del representante legal, así como la relación de la (s) factura (s) sobre la (s) cual (es) efectúa la venta. También debe contener los datos de la entidad a la cual se le vendieron las facturas (Razón social, NIT, dirección, teléfono, tipo y número de cuenta bancaria en donde se deben depositar los pagos).
  • Adjuntar los certificados de cámara y comercio actualizados (no mayor a 30 días de expedición) de ambas empresas (Proveedor/contratista y comprador de la factura).
  • Adjuntar el original del título valor debidamente endosado en la parte de atrás con la firma del Representante Legal del emisor de la factura y la fecha de negociación de la factura, adjuntar dos copias fiel copia de la factura original.
  • Proveedores embargados no podrán acceder al beneficio y la solicitud les será devuelta.


Preguntas y respuestas - Recepción facturación electrónica

1. ¿Qué es la factura electrónica?

De acuerdo con la DIAN, es un documento que soporta transacciones de venta bienes y/o servicios y que operativamente tiene lugar a través de sistemas computacionales y/o soluciones informáticas permitiendo el cumplimiento de las características y condiciones en relación con la expedición, recibo, rechazo y conservación.

2. ¿Por qué EPM y algunas empresas del Grupo están obligadas a recibir la factura electrónica?

EPM se encuentra obligado a recibir facturas electrónicas a las personas naturales o empresas que están catalogadas tributariamente como gran contribuyente. Esta es la misma razón acoge a las demás empresas del Grupo EPM que al 31 de diciembre de 2018 se encuentran en esta categoría tributaria.

Las demás empresas del Grupo EPM a nivel nacional que al 31 de diciembre de 2018 no se encontraban clasificadas como gran contribuyente, serán obligadas a recibir factura electrónica en el 2019 y la fecha está pendiente por definir.

3. ¿Cuáles empresas del Grupo EPM están obligadas a recibir facturación electrónica?

Las empresas del Grupo EPM a nivel nacional que son grandes contribuyentes son obligadas a recibir facturación electrónica desde el 1 de enero de 2019 son: EPM, ESSA, CENS, CHEC, EDEQ, Aguas Nacionales EPM, EPM Inversiones, Aguas Regionales EPM, y EMVARIAS.

Las demás empresas del Grupo EPM a nivel nacional serán obligadas a recibir factura electrónica en el 2019 y la fecha está pendiente por definir.

4. ¿Los proveedores y contratistas a quién le deben enviar la factura electrónica?

Las facturas deben ser enviadas de manera directa por el operador tecnológico que hayan seleccionado al buzón de facturación electrónica de cada una de las empresas del Grupo EPM a nivel nacional con quien tiene la relación contractual, así:


Las facturas deben ser enviadas de manera directa por el operador tecnológico que hayan seleccionado al buzón de facturación electrónica de cada una de las empresas del Grupo EPM a nivel nacional con quien tiene la relación contractual, así:

facturaelectronica@epm.com.co Epm
facturaelectronica@chec.com.co Chec
facturaelectronica@cens.com.co Cens
facturaelectronica@emvarias.com.co Emvarias
facturaelectronica@edeq.com.co Edeq
facturaelectronica@essa.com.co ESSA
facturaelectronicaepminv@epm.com.co EPM Inversiones
facturaelectronica@aguasnacionalesepm.com Aguas Nacionales
facturaelectronica@aguasregionales.com Aguas Regionales

5. ¿Qué deben hacer los proveedores y contratistas para enviar sus facturas electrónicas?

Enviar la factura al buzón factura electrónica de la empresa a la cual le va a facturar, con las siguientes características:

  1. Adjuntar el archivo en XML.
  2. Adjuntar la representación gráfica de la factura en formato PDF.
  3. Adjuntar los archivos soporte de la factura en formato PDF, excepto para el caso de los proveedores de la Unidad Servicio Médico, para los cuales hay un procedimiento especial.
  4. Informar el mecanismo para el acuse de recibo de la factura.
  5. Informar el mecanismo para aceptación o rechazo de la factura.
  6. La factura debe cumplir con todos los requisitos de ley y los administrativos establecidos por EPM, ESSA, CENS, CHEC, EDEQ, Aguas Nacionales EPM, EPM Inversiones, Aguas Regionales EPM, EMVARIAS y Aguas Regionales.
  7. Para los contratos de La Proveeduría de EPM se debe especificar la orden KM.
  8. Que el subtotal de la factura sea igual al de la orden de compra – no aplica para órdenes de compra tipo KM.
  9. Deben incluir la leyenda “En cumplimiento de la Ley 1231 de 2008, modificada por la Ley 1676 de 2013 la Empresa dará por aceptada irrevocablemente la factura a los tres (3) días hábiles siguientes a su recepción, de lo contrario, el rechazo se informará a través del mecanismo electrónico apropiado. El pago de la factura se realizará al tenedor legítimo de ésta, en la fecha del vencimiento por el valor neto que resulte después de los descuentos por ley y contractuales.”
  10. En caso de solicitar pronto pago, se debe especificar en la factura, sin embargo, el pronto pago podrá ser también solicitado en fecha posterior a la remisión de la factura electrónica, mediante carta independiente a la factura. El pronto pago no aplica para órdenes de compra tipo KM.

6. ¿Los proveedores y contratistas deben actualizar su información tributaria y comercial?

Si. Los proveedores y contratistas deben actualizar la siguiente información tributaria y comercial a través del buzón de correo electrónico epm@epm.com.co con el asunto Facturación Electrónica.

  • El registro único tributario-RUT
  • La dirección del domicilio principal de la empresa
  • Nombre y correo del responsable del envío de facturas.
  • Correo electrónico desde el cual se hará el envío de facturas electrónicas
  • Número de teléfono y extensión de contacto de la empresa para envío de facturas
  • Nombre del proveedor tecnológico.

Adicionalmente, aquellos proveedores y contratistas que estén registrados en Ariba, se les solicita actualizar el RUT y la dirección del domicilio principal de su empresa en dicho sistema.

7. ¿Qué pasa si un proveedor y contratista que esté obligado a facturar electrónicamente y envía la factura en papel?

La factura no se aceptará, ni se radicará en las taquillas de recepción de EPM o de las empresas filiales a nivel nacional. El contratista deberá enviarla al buzón de factura electrónica correspondiente.

8. ¿Cómo sabemos que un proveedor y contratista está obligado a facturar electrónicamente?

Las normas actuales establecen que los grandes contribuyentes son los obligados a facturar electrónicamente de manera obligatoria más un grupo de voluntarios. Para identificar quiénes se encuentran facturando electrónicamente se debe tener en cuenta:

a. En las facturas emitidas los grandes contribuyentes deben expresar esta categoría tributaria. 

b. En las facturas que no son emitidas por grandes contribuyentes y son emitidas de manera electrónica, tiene en su representación gráfica dos elementos que permiten su identificación, en caso de tener estos dos elementos la factura será electrónica y deberá llegar a través del buzón correspondiente.

• El primer elemento es el CUFE que es el código único de factura electrónica, el cual es un mecanismo técnico de control que se debe incorporar a la factura electrónica, lo constituye un valor alfanumérico obtenido al utilizar los datos de la factura y la clave de contenido técnico de control generada y entregada por la DIAN, este debe visualizarse en la representación gráfica de las facturas electrónicas y ser parte del código QR.
• El segundo elemento es que debe tener un código QR es un código de barras bidimensional cuadrada que puede almacenar los datos codificados, en los casos de la factura electrónica contiene la información de la factura más el CUFE. Un ejemplo del código QR es el siguiente.

qr-code

Las facturas electrónicas expedidas por empresas radicadas por fuera de Colombia se les dará el trato de factura de papel, dado a que actualmente no se consideran obligados a facturar electrónicamente.

9. ¿Cómo sabemos que un proveedor y contratista no está obligado a facturar electrónicamente, pero se acogió a la norma para hacerlo?

En primera instancia no debe ser gran contribuyente, además de lo anterior, en su RUT debe aparecer la obligación de facturación electrónica, o en su defecto, las facturas que expida deben contener el CUFE y el código QR correspondiente.

Las empresas que sean régimen común o responsables del impuesto al consumo, comenzarán a expedir factura electrónica de manera obligatoria en el transcurso del 2019, las fechas están por definir.

Las facturas electrónicas expedidas por empresas radicadas por fuera de Colombia se les dará el trato de factura de papel, dado a que actualmente no se consideran obligados a facturar electrónicamente.

10. ¿Existe alguna excepción a la obligación de facturar electrónicamente por parte de grandes contribuyentes u otro tipo de empresas?

Si bien en términos generales todos los grandes contribuyentes deben expedir factura electrónica, en los casos en los cuales la ley permita la expedición de documento equivalente no se tiene la obligación de facturar electrónicamente. Dentro de los documentos equivalentes encontramos:

a. Los tiquetes de máquina registradora.

b. Las boletas de ingreso a espectáculos públicos.

c. Los tiquetes de transporte.

d. Los recibos de pago de matrículas y pensiones expedidos por establecimientos de educación reconocidos por el Gobierno.

e. Pólizas de seguros, títulos de capitalización y los respectivos comprobantes de pago. 

f. Extractos expedidos por sociedades fiduciarias, fondos de inversión, fondos de inversión extranjera, fondos mutuos de inversión, fondos de valores, fondos de pensiones y de cesantías. 

g. Los tiquetes o billetes de transporte aéreo de pasajeros, incluido el tiquete o billete electrónico (ETKT), el bono de Crédito (MCO Miscellaneous Charges Order), el documento de uso múltiple o multipropósito – MPD., el documento de cobro de la tasa administrativa por parte de las agencias de viajes TASF (Ticket Agency Service Fee), así como los demás documentos que se expidan de conformidad con las regulaciones establecidas por la Asociación Internacional de Transporte Aéreo – IATA, sean estos virtuales o físicos.

h. Los documentos de empresas de servicios públicos domiciliarios que presten su servicio a consumidos final.

i. Documentos de cobro emitidos por Municipios – incluido impuesto predial -, Gobernaciones, DIAN, Juzgados y tribunales.

Además, no están obligados a expedir factura y por tanto expiden documento equivalente:

  • Los Bancos, las Corporaciones Financieras, las Corporaciones de Ahorro y Vivienda, las Compañías de Financiamiento Comercial.
  • Las Cooperativas de Ahorro y Crédito, los Organismos Cooperativos de grado superior, las Instituciones Auxiliares del Cooperativismo, las Cooperativas Multiactivas e Integrales, y los Fondos de Empleados, en relación con las operaciones financieras que realicen tales entidades.
  • Los distribuidores minoristas de combustibles derivados del petróleo y gas natural comprimido, en lo referente a estos productos.
  • Las empresas que presten el servicio de transporte público urbano o metropolitano de pasajeros, en relación con estas actividades.
  • Quienes presten servicios de baños públicos, en relación con esta actividad.
  • Para los casos en que una empresa haya sido clasificada como gran contribuyente el pasado 14 de diciembre de 2018, podrá expedir facturas en papel, hasta tanto la DIAN publique el cronograma de entrada de los nuevos obligados a facturar electrónicamente, lo cual debe ocurrir a partir del 1 de julio de 2019. Así las cosas, las facturas de estas empresas en forma física deben recibirse al menos hasta el 30 de junio de 2019 sin importar que sean grandes contribuyentes, y revisar antes de esa fecha el momento en el cual se debe exigir facturación electrónica a esta organización.

11. ¿Cuál es la fecha para que las empresas que expiden documentos equivalentes lo hagan electrónicamente?

A partir del 1 de enero del 2020 los obligados a expedir documentos equivalentes deberán hacerlo de manera electrónica. Las facturas electrónicas expedidas por empresas radicadas por fuera de Colombia, así expidan factura electrónica, se les dará el trato de factura de papel dado a que actualmente no se consideran obligados a facturar electrónicamente.

¿Las empresas del Grupo EPM también deben facturar electrónicamente?

Las empresas del Grupo EPM, según lo dispuesto por el artículo 1.6.1.4.1.16. del Decreto 1625 de 2016, no emiten factura sino documento equivalente, por los que continuarán emitiendo en forma física la totalidad de sus operaciones hasta tanto esta norma sea modificada. Por lo tanto, los documentos de cobro que las empresas del Grupo EPM emiten hacia sus proveedores se seguirán manejando en el formato físico.

12. ¿Es obligación de un proveedor y contratista cumplir con los requisitos administrativos exigidos por las empresas del Grupo EPM?

Si. Con base en la normatividad actual, la factura electrónica debe cumplir con todos los requisitos legales y administrativos pactados.

13. ¿Qué es acuse de recibo, rechazo de factura y aceptación de la factura?

La factura electrónica posee 3 procesos independientes el uno del otro que deben llevarse a cabo:

  • El acuse de recibo es el primero de ellos, consiste en informar al proveedor que se recibió una factura electrónica en el buzón, independientemente si la factura cumple o no con todos los requisitos legales y administrativos.
  • El rechazo de la factura es el proceso mediante el cual se informa al proveedor que no se acepta el contenido de la misma, sea por que no cumple con todos los requisitos legales y administrativos, o porque el contenido de la misma no corresponde con el bien o servicio adquirido por una de las empresas del Grupo EPM.
    Todo rechazo de factura genera la obligación por parte del proveedor de expedir una nota crédito electrónica por el valor total de la factura, y si es del caso se debe expedir una nueva factura electrónica que cumpla con todos los requisitos legales y administrativos y el contenido corresponde con el bien o servicio adquirido.
  • La aceptación de la factura es el proceso mediante el cual se informa que se acepta el contenido de la misma, ya que cumple con todos los requisitos legales y administrativos, y porque el contenido de la misma corresponde con el bien o servicio adquirido por una de las empresas del Grupo EPM. La aceptación puede ser expresa o tácita, es expresa cuando así se manifiesta y tacita cuando no se rechaza la factura dentro de los 3 días hábiles siguientes a su acuse de recibo.

14. ¿En cuánto tiempo se debe aceptar la factura?

La empresa tiene 3 días hábiles después del acuse de recibo para aceptar o rechazar la factura, si en dicho plazo no se ha rechazado se entiendo acepada por ley.

¿Qué pasa si después de los 3 días hábiles no se le ha dado respuesta al contratista sobre su factura?

Automáticamente la factura queda aceptada en su totalidad y se debe pagar lo que este facturado en ella sin impostar que no corresponda a un bien o servicio recibido por una de las empresas del Grupo EPM, lo que podría acarrear sanciones disciplinarias y fiscales.

15. ¿Se puede anular una factura electrónica?

En ningún caso puede ser anulada una factura electrónica. En los casos en que la factura electrónica sea rechazada o presente una diferencia que amerite la reducción del valor de la misma, el proveedor o contratista tiene que expedir una nota crédito electrónica que debe ser enviada al mismo buzón de facturación electrónica, y si es del caso se debe expedir una nueva factura electrónica que cumpla con todos los requisitos y a lo adquirido.

16. ¿Qué pasa si una factura no cumple los requisitos?

La factura será rechazada, por lo que genera la obligación por parte del proveedor o contratista de expedir una nota crédito electrónica por el valor total de la factura, y si es del caso se debe expedir una nueva factura electrónica que cumpla con todos los requisitos y a lo adquirido.

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¿Cuál es la actividad principal de EPM?

EPM es una empresa de servicios públicos domiciliarios, organizada bajo la figura de “empresa industrial y comercial del Estado”, de propiedad del Municipio de Medellín, fundada el 6 de agosto de 1955.  EPM imprime los más altos estándares internacionales de calidad a los servicios que presta: energía eléctrica, gas por red, agua y saneamiento.

EPM participa en el sector de energía a través de la generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica,  y  de la distribución y comercialización de gas natural. En el sector de Aguas, brinda los servicios de acueducto, alcantarillado y recolección y tratamiento de aguas residuales

Conoce aquí nuestros servicios

¿Cuál es la infraestructura que por negocio y país tiene el Grupo EPM?

La siguiente es la principal infraestructura de negocio por país del Grupo EPM:

Colombia:

  • Energía (Generación, Distribución, Transmisión)
    • 29 centrales hidroeléctricas (3,050 MW)
    • 3 centrales térmicas (544 MW)
    • 1 parque eólico (19 MW)
    • Líneas T&D (185,636 km)
    • 321 Subestaciones
    • 250,604 transformadores

  • Gas
    • Red de Gas Natural (7,152 km)
    • 16 Estaciones de servicio de Gas natural

  • Aguas
    • 29 plantas de agua potable
    • Redes de aguas residuales (4,983 km)
    • 2 plantas de tratamiento de aguas residuales El Retiro y San Fernando (1,800 lps). Parque Planta de Tratamiento de Aguas Residuales en construcción (ubicada en el municipio de Bello, Antioquia).

  • Gestión de Residuos Sólidos
    • Recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos (1,800 ton. por día)
    • 1 relleno sanitario para la disposición final de los residuos sólidos
    • 125 camiones

Guatemala

  • Energía (Distribución, Transmisión)
    • Líneas de T&D (15,813 km)
    • 76 Subestaciones
    • 66,789 transformadores

El Salvador

  • Energía (Distribución, Transmisión)
    • Líneas de T&D (10,571 km)
    • 27 subestaciones
    • 21,270 transformadores

Panamá

  • Energía (Generación, Distribución, Transmisión)
    • Bonyic Central hidroeléctrica(32 MW)
    • Líneas de distribución (10,610 km)
    • 15 subestaciones
    • 28,777 transformadores

Chile

  • Aguas
    • 2 plantas de desalinización (756 lps)
    • 2 plantas de agua potable (1235 lps)
    • Red de agua potable(300 km)

  • Energía (Generación)
    • Parque eólico – Los Cururos (110 MW)

¿Cuál es la calificación de riesgo de EPM?

En el ámbito nacional, EPM tiene calificación de riesgo “AAA” por Fitch Ratings Colombia S.A. SCV, en observación negativa desde una perspectiva estable, otorgada a su capacidad de pago y al Programa de Emisión y Colocación de Bonos. 

En el ámbito internacional, EPM cuenta con calificación de riesgo grado de inversión “BBB” en observación negativa desde una perspectiva estable por Fitch Ratings Colombia S.A. SCV y “Baa3” con  perspectiva negativa por Moody´s, ambas otorgadas a su capacidad de pago y programas de emisión de bonos internacionales. (Ver: https://www.epm.com.co/site/inversionistas/inversionistas/calificaciones-de-riesgo).

¿Cuál es la política de dividendos de EPM?

El Convenio Marco de Relaciones entre el Municipio de Medellín y Empresas Públicas de Medellín E.S.P. establece en las obligaciones de EPM, Capítulo 2, numeral 2.2.2 Transferencias al Municipio:
“Si bien el Acuerdo Municipal No. 69 de 1997 del Concejo de Medellín, en su artículo 13, dispone que el porcentaje de excedentes financieros de Empresas Públicas de Medellín E.S.P. que se transfieran al Municipio no puede ser superior al 30%, en el presente Convenio se establece que podrá haber transferencias adicionales definidas y acordadas entre ambas entidades, considerando, por un lado, los requerimientos financieros del Municipio para programas específicos de inversión, y por el otro, las necesidades financieras de E.E.PP.M. E.S.P. para su propia gestión, de modo que no se ponga en riesgo la viabilidad empresarial ni su expansión ordenada. En todo caso, las transferencias adicionales deberán ser autorizadas mediante acuerdo del Concejo Municipal, con la debida sustentación del Alcalde en la que consten expresamente los efectos que sobre las finanzas de EE.PP.M. E.S.P. tendrán dichas transferencias extraordinarias.”

¿Cuál es el marco regulatorio de los servicios públicos que ofrece EPM?

  • SSPD (Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios)
  • MME (Ministerio de Minas y Energía)
  • CREG (Comisión de Regulación de Energía y Gas)
  • UPME (Unidad de Planeación Minero Energética)
  • MVCT (Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio)
  • CRA  (Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento)
  • MTIC (Ministerio de Tecnologías de Información y Comunicaciones)

La regulación y legislación para los servicios de electricidad, gas natural, agua y alcantarillado de las empresas en Colombia se refiere a, entre otras cosas, las licencias, permisos y otras autorizaciones, así como a las tarifas que EPM puede cobrar por sus servicios, los términos y condiciones aplicables a los contratos de los estos servicios, la capacidad de EPM para recuperar las distintas categorías de costes y la adquisición, construcción y disposición de las instalaciones. En particular, CREG y CRA regulan las tarifas que EPM está autorizada a cobrar a sus clientes respecto a la disposición de distribución y transmisión de electricidad y servicios de distribución de gas natural, servicios de agua y recolección y tratamiento de aguas residuales, respectivamente.

¿Cuál es el límite de participación en el mercado de generación en Colombia?

La regulación actual en materia de generación  (Resolución CREG 060 de 2007) establece que la principal medida de participación de mercado es el porcentaje de energía en firme que uno de los agentes tenga. De acuerdo a lo anterior, ningún participante de mercado puede tener más del 30% del total de la energía en firme del país. Si alguna de las compañías de generación está en el rango de participación de mercado entre el 25% y el 30%  y el índice de Herfindahl Hirscman (IHH), una medida de concentración del mercado, es igual o superior a 1,800, dicha compañía queda sujeta a la vigilancia de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (régimen de libertad vigilada). Si la participación de mercado de energía en firme de alguna de las compañías de generación en Colombia supera el límite de 30%, dicha compañía deberá vender el exceso de energía en firme para cumplir con la regulación.

¿Qué hacer en caso de pérdida o robo de tu Tarjeta Somos?

Si pierdes o te hurtan tu Tarjeta Somos, debes llamar a la línea 4444800, marcar la opción 2 y reportar la pérdida o robo. Si eres un cliente que habita en el área metropolitana de Medellín podrás reclamar tu tarjeta nueva máximo en tres (3) días hábiles. Si eres un cliente que habita en municipios por fuera del Valle de Aburrá, este procedimiento tardará siete (7) días hábiles. 

¿Cómo solicitar el cambio de dirección de cobro de tu factura de servicios públicos? 

Para tramitar esta solicitud, te damos estas opciones para que elijas la que te resulte más cómoda: 

1.En las oficinas de atención al cliente de EPM ubicadas en sótano 2 Edificio EPM, Copacabana, Girardota, Barbosa, Bello, El Bosque, Miguel de Aguinaga, Itagüí, Caldas y Más Cerca Floresta o en las oficinas de los municipios donde está habilitada la Tarjeta Somos, presentas una carta impresa que deberás radicar al momento de entregarla, el original de la última factura de servicios públicos de la dirección de destino (no es necesario que esté paga) y la copia de la cuenta de servicios públicos de la dirección para donde solicitarás el cambio. Ten presente que la tarjeta no debe tener cuentas con saldos pendientes de pago, es decir, debes estar al día.

2.Enviar una carta al número de fax: 356 91 11.

3.Correo electrónico: enviar un correo a la dirección epm@epm.com.co con la siguiente información: nombre completo del tarjetahabiente, número de cédula, número de la Tarjeta Somos, dirección en la que está recibiendo actualmente la factura de la Tarjeta Somos, dirección en la que desea recibir la factura de la Tarjeta Somos y el número telefónico de contacto. 

¿Qué pasa si me atraso en el pago de las cuotas? 

Si tienes de 1 a 4 cuentas vencidas, tu Tarjeta Somos será bloqueada, cuando esté nuevamente al día está se desbloqueará automáticamente. Si dejas vencer 5 cuentas perderás tu tarjeta de forma definitiva, no volverás a recibir facturas y para ponerte al día deberás negociar el acuerdo de pago con la entidad de cobro autorizada por EPM; en esta etapa deberás asumir el costo de honorarios, estos dependerán de la antigüedad de los valores en mora.
Ten en cuenta que a partir de la segunda cuenta vencida serás reportado de forma negativa a las centrales de riesgo, y eso afecta tu historial crediticio. 

¿Cómo hago para refinanciar la deuda? 

a. Cambio de forma: puedes cambiar el número de cuotas que pactaste inicialmente, para ello debes acercarte a una oficina de atención al cliente de EPM. Recuerda que debes estar al día en los pagos y solo se permite un máximo de 48 cuotas para financiar las compras.

b. Financiación de cuotas facturadas: aplica cuando no tienes capacidad para pagar las facturas que tienes pendientes. Solo se financian las cuotas facturadas, esto puede hacerse solo cuando se tiene de 1 a 4 cuentas vencidas. Para ello, también debes acercarte a una oficina de atención al cliente.

c. A partir de 5 cuentas vencidas: debes negociar un acuerdo de pago a través de la entidad autorizada por EPM, este debe hacerse por el total de la deuda. Si eliges esta opción no debes desplazarte a ninguna oficina, pues la agencia de recuperación de cartera de EPM te estará contactando para darte alternativas de pago.

¿Cómo consultar el saldo de la tarjeta?

Puedes consultar el saldo que tienes disponible en tu Tarjeta Somos a través de:
Datafono de los Aliados Comerciales
Oficinas de EPM: Sótano 2 Edificio EPM, Copacabana, Girardota, Barbosa, Bello, El Bosque, Miguel de Aguinaga, Itagüí, Caldas, Más Cerca Floresta y Belén, Oficinas de los municipios, por fuera del Valle de Aburrá, donde tenga presencia la Tarjeta Somos.
En la línea 355 60 05 (llamada local), marcas la opción 2 y allí te informarán el proceso para consulta de saldo.Más información sobre tu Tarjeta Somos

 

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